Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000023

Tabla de contenidos

ESTABLECER REGULACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES QUE EJERZAN LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE COMERCIAL EN TAXIS Y TRANSPORTE
PÚBLICO INTRACANTONAL E INTRAPROVINCIAL EN BUSES

Artículo 1: Facturación en el servicio de transporte en taxis. – Las personas naturales que no están obligadas a llevar registros contables y que son socios o accionistas de las empresas de transporte comercial en taxis, debidamente autorizadas por la entidad reguladora, deben emitir, al menos una vez al mes, una factura electrónica resumen que refleje el total de las transacciones relacionadas con dicha actividad realizadas durante ese período. En esta factura, se deberá incluir la leyenda «CONSUMIDOR FINAL».

Los negocios populares tienen la opción de elegir entre emitir una factura electrónica o un resumen de la nota de venta, de acuerdo con las regulaciones vigentes. Sin embargo, deberán proporcionar comprobantes de venta individuales a petición del comprador, independientemente del monto de la transacción. Estas transacciones no serán incluidas en la factura electrónica o en el resumen de la nota de venta, según corresponda.

Artículo 2: Facturación en la prestación de servicio de transporte público intracantonal e intraprovincial. – Las personas naturales que no están obligadas a llevar registros contables y que son socios o accionistas de las empresas de transporte público intracantonal e intraprovincial en buses, debidamente autorizadas por la entidad reguladora, deben emitir, al menos una vez al mes, una factura electrónica resumen que refleje el total de las transacciones relacionadas con dicha actividad realizadas durante ese período. En esta factura, se deberá incluir la leyenda «CONSUMIDOR FINAL».

No obstante, a petición del comprador, deberán emitir y entregar facturas electrónicas individuales para cada transacción, sin importar el monto. Estas transacciones no serán incluidas en la factura electrónica resumen.

DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA: Las facturas resumen mencionadas en esta Resolución podrán ser emitidas por cualquier monto.

DISPOSICIÓN FINAL: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

A continuación la Resolución.

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Sobre el Autor

Lulu Sarmiento Perez

Chief Experience Officer

Implemento herramientas tecnologicas especificamente software ERP y CRM de calidad que sean a medida de cada negocio, enfocando en optimización de procesos en funcion de la Experiencia del Cliente final.

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